ACTA DE CIERRE
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fecha: 21 de enero de 2020
NÚMERO DE EXPEDIENTE: ? ?CGR-PA-2018007361
PARTES: Adriano Guillen Solano, cédula 302670450.
RESOLUCIÓN N°:5945-2019 ?(DJ-0485) ?de las 09:00 horas del 02 de mayo de 2019. ?POR
TANTO: ?“?SE RESUELVE: I-. ?Declarar al señor Adriano Alfredo Guillén Solano
responsable administrativamente en grado de culpa grave, razón por la cual se
recomienda de forma vinculante sancionar con una suspensión, sin goce de salario, dieta
o estipendio por el plazo de 30 días hábiles, conforme lo establece el artículo 39 inciso b)
de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. ?II.- Contra
esta resolución son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los
cuales deberán presentarse ante esta División Jurídica dentro del tercer día hábil contado
a partir del día siguiente a su notificación y, serán resueltos, respectivamente, por esta
División y por la Contralora General de la República?. NOTIFÍQUESE.?”
Mediante resolución N° 7800-2019 (DJ-0644) de las 08 horas del 5 de junio de 2019 “?SE
RESUELVE: ?I.- Se rechaza la prueba para mejor resolver. II.- Declarar parcialmente con
lugar el recurso presentado por el señor Adriano Guillen Solano, revocando únicamente la
sanción de suspensión, sin goce de salario, dieta o estipendio por el plazo de 30 días
hábiles a 30 días naturales, en todo lo demás se deja incólume la resolución impugnada.
II.- Emplazar a la parte ante el Despacho Contralor, por el término de tres días hábiles
contados a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución, para que aleguen lo
que estimen pertinente, de conformidad con el artículo 349 inciso 2) de la Ley General de ...
Fecha publicación: 24/01/2020
Fecha emisión: 21/01/2020
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: ACTA DE CIERRE
Proceso: FINALIZACION DEL EXPEDIENTE
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
ACTA DE CIERRE
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fecha: 08 de octubre de 2019
NÚMERO DE EXPEDIENTE: CGR-PA-2018007908
PARTES: Henry Núñez Nájera, cédula de identidad Nro: 107440390 y, Yorlenny Patricia
Vindas Cantillano, cédula de identidad Nro: 107300620
RESOLUCIÓN N°: 14139-2019 (DJ-1206) de las 15:00 horas del 20 de septiembre de
2019.
POR TANTO: “Con fundamento en los hechos probados y las razones de hecho y de
derecho antes expuestas. SE RESUELVE: I.- Absolver de Responsabilidad de los hechos
atribuidos en este procedimiento administrativo al señor Henry Núñez Nájera portador de
la cédula de identidad 1-0744-0390. 2.- Absolver de Responsabilidad de los hechos
atribuidos en este procedimiento administrativo, a la señora Yorlenny Patricia Vindas
Cantillano, portadora de la cédula de identidad 1-0730-0620. 3.- Contra esta resolución
son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán
presentarse ante esta División Jurídica dentro de tercero día contado a partir del día
siguiente a su notificación y, serán resueltos, respectivamente, por este Órgano Decisor y
por el Despacho Contralor”.
Recursos contra
acto final
Sin lugar Con lugar No aplica Folios
Resolución Recurso
de Revocatoria
X
Resolución Recurso
de Apelación
X
Resolución Gestión
de Revisión
X
Fecha de firmeza de
la Resolución
26/09/2019
Ejecución de la
resolución
Sí No Folios
Responsabilidad
Administrativa
X
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
Contraloría G ...
Fecha publicación: 11/10/2019
Fecha emisión: 08/10/2019
Institución: COMITE OLIMPICO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: ACTA DE CIERRE
Proceso: FINALIZACION DEL EXPEDIENTE
División Jurídica
ACTA DE CIERRE
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fecha: 16 de julio del 2019
DJ-0859
NÚMERO DE EXPEDIENTE: ? ?CGR-PA-2018007803
PARTE: Dennis Gerardo Soto Rojas
RESOLUCIÓN N°: 4717-2019 ?(DJ-0382) ?de las 09:00 horas del 01 de abril del 2019. ?POR
TANTO: ?“?SE RESUELVE: I-. Declarar al señor Dennis Gerardo Soto Rojas, responsable
administrativamente en grado de culpa grave, razón por la cual se recomienda de forma
vinculante sancionarlo con una suspensión de 15 días naturales sin goce de salario, dieta
o estipendio, conforme lo establece el artículo 39 de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. II. En virtud de que el investigado ya no
ejerce como miembro del Consejo Regional del Área de Conservación Arenal Huetar
Norte, ni ostenta algún otro cargo público, la sanción de suspensión sin goce de salario
por 15 días naturales, resulta inejecutable.”
Fecha de firmeza: 06 de abril de 2019.
Ejecución de la
resolución Sí No
Responsabilidad
Administrativa X
Responsabilidad Civil X
Prohibición de Ingreso o
Reingreso a cargos de la
Hacienda Pública
X
Publicación de prohibición
Nulidad de actos o
contratos X
Lic. Luis Alonso Richmond Portuguez
Fiscalizador Asociado-División Jurídica
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
?http://www.cgr.go.cr/? Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
2019-07-16T10:30:05-0600
] ...
Fecha publicación: 19/07/2019
Fecha emisión: 16/07/2019
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: ACTA DE CIERRE
Proceso: FINALIZACION DEL EXPEDIENTE
ACTA DE CIERRE
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fecha: 11 de julio de 2019
NÚMERO DE EXPEDIENTE: CGR-PA-2019002705
PARTES: Jorge Luis Barboza Elizondo?, cédula de identidad n° 601170682
RESOLUCIÓN N°: 8541-2019 ?(DJ-0709) ?de las 10:00 horas del 17 de junio de 2019. ?POR
TANTO: ?“?SE RESUELVE: I-. ?Declarar al señor Jorge Luis Barboza Elizondo, responsable
administrativamente en grado de culpa grave, razón por la cual se le impone la prohibición
de ingreso o reingreso para ejercer cualquier cargo de la Hacienda Pública, contemplada
en el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, por un
plazo de dos años. (...)? NOTIFÍQUESE.?”
Recursos contra
acto final Sin lugar Con lugar No aplica Folios
Resolución Recurso
de Revocatoria X
Resolución Recurso
de Apelación X
Resolución Gestión
de Revisión X
Fecha de firmeza de
la Resolución
Ejecución de la
resolución Sí No Folios
Responsabilidad
Administrativa X 13
Responsabilidad Civil X --
Prohibición de Ingreso o
Reingreso a cargos de la
Hacienda Pública
X 13
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
?http://www.cgr.go.cr/? Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
Publicación en la Gaceta
de la prohibición X 16
Nulidad de actos o
contratos X --
Licda. Mónica Hernández Morera
Fiscalizadora-División Jurídica
MHM/
Exp. CGR-PA-2019002705
N°. DJ-0836
G: 2019001704
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
?http://www.cgr.go.cr/? Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
2019-07-11T09:00:00-0600
] ...
Fecha publicación: 14/07/2019
Fecha emisión: 11/07/2019
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: ACTA DE CIERRE
Proceso: FINALIZACION DEL EXPEDIENTE
DIVISION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 13107
28 de noviembre del 2014
DJ-0868-2014
Señor
Hugo Marín Sandoval
Presidente Junta Administrativa
LICEO BOCA ARENAL
liceoba03@gmail.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, con
fundamento en el artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento
Ilícito en la Función Pública.
Nos referimos a sus oficios sin número de fechas 17, 24 y 26 de noviembre de 2014, recibidos
en esta Contraloría General el 17, 25 y 26 de noviembre del mismo año. En dichos oficios, solicitan la
autorización para que el señor Enrique Castellón Ríos, cédula de identidad No. 8-056-216, pueda
impartir lecciones del curso del INA en esa Institución después de las 4:00 p.m., de conformidad con
las disposiciones para realizar trabajo extraordinario contenidas en el articulo 17 de la Ley No. 8422,
Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica, en concordancia con el
articulo 1, inciso 40) de su Reglamento Orgánico, Decreto Ejecutivo No. 32333-MP-J.
CRITERIO DEL DESPACHO
Como asunto de primer orden resulta necesario hacer del conocimiento de esa administración
que el párrafo segundo del artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la
Función Pública, Ley Nº 8422, de 6 de octubre de 2004, y que hace referencia a la potestad de
aprobación previa por parte de la Contraloría General de las solicitudes de autorización para llevar a
cabo trabajos extraordinarios, fue reformado mediante la Ley Nº 8823, denominada “Reforma de
varias leyes sobre la participación de la Contraloría General de la República para la simplificación y el
Fortalecimiento de la Gestión Pública”, del 5 de mayo de 2010 y publicada en La Gaceta Nº 105 del 1º
de junio de 2010, en los siguientes términos:
“Artículo 17.- Desempeño simult ...
Fecha publicación: 01/12/2014
Fecha emisión: 28/11/2014
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO BOCA DE ARENAL CUTRIS DE SAN CARLOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
] ...
Fecha publicación: 07/04/2012
Fecha emisión: 04/04/2012
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos
] ...
Fecha publicación: 07/04/2012
Fecha emisión: 04/04/2012
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Superposicion Horaria, Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales
DIVISION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05347
16 de junio del 2011
DJ-0640-2011
Señores
Aracelly Chacón
Presidenta Junta Administrativa
COLEGIO DE CAÑAS DULCES
Msc. Jorge Acón Hernández
Director
COLEGIO DE CAÑAS DULCES
Estimados señores:
Asunto: Se rechaza solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, con
fundamento en el artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función
Pública.
Nos referimos a sus oficios sin número de 1° de junio de 2011, recibidos en esta Contraloría
General el 10 de junio del mismo año. En dichos oficios, solicitan la autorización para que las
funcionarias Roxana María Villalobos Vargas, quien labora para el Colegio de Cañas Dulces, Natalia
Mora Angulo, quien labora para el Colegio de Cañas Dulces y Ángela Rosa Rivas Lamas, quien labora
para el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Liberia, puedan laborar como instructoras en el
área de computación y de inglés, con el programa INA después de las 4:00 p.m., de conformidad con
las disposiciones para realizar trabajo extraordinario contenidas en el articulo 17 de la Ley No. 8422,
Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica, en concordancia con el
articulo 1, inciso 40) de su Reglamento Orgánico, Decreto Ejecutivo No. 32333-MP-J.
Criterio del Despacho
Como asunto de primer orden resulta necesario hacer del conocimiento de esa administración
que el párrafo segundo del artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la
Función Pública, Ley Nº 8422, de 6 de octubre de 2004, y que hace referencia a la potestad de
aprobación previa por parte de la Contraloría General de las solicitudes de autorización para llevar a
cabo trabajos extraordinarios, fue reformado mediante la Ley Nº 8823, denominada “Reforma de
varias leyes sobre la participación de la Contraloría General de la República para la simpl ...
Fecha publicación: 17/06/2011
Fecha emisión: 14/06/2011
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03257
07 de abril, 2011
DJ-0399-2011
Señor
Mario Rivera Turcios
Gerente General
BANCO DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Se atiende gestión de autorización formulada por el Banco de Costa Rica al
tenor de lo dispuesto en el numeral 17 de la Ley contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley 8422.
Damos respuesta a su oficio GG-03-128-2011 del 22 de marzo de 2011, mediante el cual esa
entidad bancaria solicita la autorización que se estipula en el párrafo quinto del artículo 17 de la
Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley 8422, para que la
señora Marta Eugenia Arrea Brenes pueda integrar la junta directiva del Banco Internacional de
Costa Rica S.A. (BICSA), que forma parte del Conglomerado Financiero del Banco de Costa Rica.
I.- Motivo de la gestión:
Entre las razones que expone para integrar la Junta Directiva es que el Banco de Costa Rica
sigue un esquema corporativo para el funcionamiento de la entidad y sus subsidiarias, lo que se ha
plasmado en el código de gobierno corporativo emitido en el contexto del Reglamento de Gobierno
Corporativo emitido por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero y como
consecuencia de ello los planes estratégicos y comerciales se elaboran y ejecutan en forma armónica
y coordinada, buscando el interés y beneficio del grupo y no de cada empresa en particular. Esta
coordinación y ejecución armónica consideran que se dificultaría sustancialmente si en la Junta
Directiva General del Banco y sus subsidiarias hubiese gran diversidad de directores
(aproximadamente 25 directores o más) pues actualmente el Banco es socio mayoritario de BICSA,
así como titular de otras cinco sociedades, lo que nos llevaría a tener un grupo de directores muy
numeroso si no se procediera conforme lo ha estructurado el Ban ...
Fecha publicación: 10/04/2011
Fecha emisión: 07/04/2011
Institución: BANCO DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 2886
28 de marzo, 2011
DJ-0344
Ingeniero
Héctor Monge Montero
Director Ejecutivo
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL (COSEVI)
Apartado Postal 745-1150 La Uruca
Fax: 2233-1041
Estimado señor:
ASUNTO: Se autoriza nombramiento interino de la Máster Patricia Montero Acuña,
en el puesto de auditora interna interina en el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) por
un periodo de 6 meses.
Damos respuesta a su oficio N° DE-2011-0277 de 4 de febrero de 2011, recibido en esta
Contraloría General el 9 de febrero siguiente, mediante el cual transcribe el acuerdo adoptado
por la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial -en adelante COSEVI- en el artículo VII
de la sesión Nº 2625-11, celebrada el 01 de febrero de 2011, en el cual se acordó nombrar a la
Máster Patricia Montero Mora, como auditora interna en forma interina, a partir del 16 de
febrero de 2011.
En virtud de lo anterior, solicita la correspondiente autorización de este órgano
contralor, al tenor de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno (Ley
Nº 8292 del 31 de julio del 2002, en adelante LGCI) y los “Lineamientos sobre los requisitos de
los cargos de auditor y subauditor internos, y las gestiones de nombramiento en dichos cargos”
(emitidos por la Contraloría General de la República, L-1-2006-CO-DAGJ, publicados en el
Diario Oficial La Gaceta Nº 236 del 08 de diciembre de 2006) y su reforma, emitida con
resolución R-DC-119-2009 del 16 de diciembre de 2009, publicada en La Gaceta Nº 28 de 10
de febrero de 2010.
Complementa su gestión el oficio N° DGDH-0659-2011 de 11 de febrero, recibido el
14 de febrero siguiente, emitido por la Licda. Sara Soto Benavides, Mba, en su condición de
Jefe a.i. del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano, el cual fue atendido por este
Despacho mediante oficio Nº 1598 (DJ-0194) de 7 de febrero de 2011. Además, el oficio Nº
DE-2011-0389 ...
Fecha publicación: 31/03/2011
Fecha emisión: 28/03/2011
Institución: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE NOMBRAMIENTO INTERINO DEL AUDITOR O SUBAUDITOR INTENO
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO